Con motivo de la nueva reglamentación que ha dado a conocer el Ministerio de Transporte sobre el uso de cinta retro-retroreflectiva (o cinta reflectiva) en determinados tipos de vehículos, hablaremos sobre el alcance y las condiciones que tendrá esta resolución en nuestro país.
Consideramos importante que tanto nuestros clientes como el público en general a quien aplique esta norma estén informados, por lo tanto, a continuación encontrarán un resumen con información relevante sobre dicha norma, como fechas de vigencia y otros puntos importantes sobre la implementación de la misma.
El uso de este elemento de seguridad fue adoptado por el gobierno nacional para procurar la seguridad vial en todo el territorio nacional, de este modo, expidió una serie de normas y guías de uso para este material en un gran número de vehículos que suponen un gran riesgo al momento de omitir este tipo de materiales en su carrocería y cargamentos.
La resolución 3246 del 03 de agosto de 2018 determino como plazo máximo el 4 de Noviembre de 2018 para la implementación de la cinta reflectiva, sin embargo el 25 de octubre de 2018 se expidió la resolución 4919 prorrogando el plazo por 6 meses mas, es decir que a partir del día 4 de Mayo de 2019 los entes de control podrán impartir sanciones a los vehículos que no cumplan con lo estipulado en los documentos que encontrará a continuación.
Resolución 1572
Por la cual se reglamenta la instalación y uso de cintas retrorreflectivas y se dictan otras disposiciones
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Resolución No. 4919 del 25 de Octubre de 2018
Aquí encontrará la prorroga para el plazo establecido en el artículo 3 de la resolución 3246 del 3 de Agosto de 2018″
A través de este documento “El Ministerio de Transporte reglamentó la instalación y uso obligatorio de cintas retrorreflectivas en vehículos automotores tipo: bus (abierto, chiva o escalera y cerrado), buseta (abierto, chiva o escalera y cerrado), microbús, camión, camioneta (panel, van, estacas y furgón), tracto camión (camión tractor), vloqueta, así como en los remolques y semirremolques con un peso bruto vehicular superior a 0.75 toneladas, que transiten por las vías públicas o privadas donde transiten vehículos”.
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Norma Técnica Colombiana NTC 5807
Material retroreflectivo para la demarcación de vehículos de carga.
En el siguiente documento encontrará información sobre señalizacion, transporte de carga, camiones, vehiculos de carga y remolques, con ejemplos de aplicacion y los requisitos mínimos para el material retroreflectivo para la demarcación de vehículos de carga.
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Resolución No. 0538 del 25 de Febrero de 2013
Reglamento Técnico aplicable a cintas retrorreflectivas para uso en vehículos automotores y sus remolques que se fabriquen, importen o comercialicen en Colombia.
“Con el fin de adoptar medidas para proteger la vida y la seguridad de los consumidores y la prevención de prácticas que puedan inducirlos a error”.
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Resolución No. 3246 del 3 de Agosto de 2018
Instalación y uso oblgatorio de cintas retrorreflectivas
“Norma sobre retroreflectividad en vehículos de carga y transporte escolar, para hacer más visibles este tipo de vehículos y asi disminuir los accidentes de tránsito donde incide esta causa, especialmente cuando las condiciones ambientales son de escasa visibilidad”
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